El documento al que ha tenido acceso el diario El Economista especifica que la tasa se dispensa a los “equipos, aparatos y soportes materiales idóneos para la reproducción de grabaciones videográficas”. Se establece así, de manera oficial, una discriminación inexcusable respecto al resto de la población española.
Las empresas que deseen acogerse a la arbitraria norma deben antes darse de alta en EGEDA. Por su parte, la entidad trata de justificar su actuación con argumentos como que se dará durante un plazo determinado, que abarca desde el 1 de enero de 2009 a 31 de diciembre de 2010. O que se aplica sólo al equipamiento y a los soportes que se empleen dentro de la productora para desarrollar su actividad cinematográfica. Es decir, a ojos de EGEDA, las productoras son inocentes hasta que se demuestre lo contrario. Un principio que curiosamente no extiende al resto de los consumidores.
Josep Jover, el letrado que representa a un grupo de pequeñas empresas de informática, ha declarado que el mecanismo para solicitar la exención del canon no está regulado. Además, ha tildado la distinción entre cineastas y el resto de usuarios de “perversa“. No sabemos qué opinará al respecto la omnipresente sgae , ocupada ultimamente en presionar al Senado por correo electrónico para evitar la abolición del canon.
Tuexperto.com
Vía: EcoDiario / Fotos de Invisibile Film.
1 comentarios:
que se jodan, que ahora se están dando cuenta de que no está funcionando como ellos pensaban y estan pensando en abolir la ley, jajaja.
Por saber no saben ni mentir.
Muy buen blog.
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